RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 116-2017-MINEDU
Lima, 4 de mayo de 2017
VISTOS, el Expediente 0076366-2017, el Informe Nº
320-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la
Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe Nº
425-2017-MINEDU/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de
Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno
Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de
educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo
80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las
políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal
directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública
magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma
Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las
normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de
evaluación;
y en coordinación con los gobiernos regionales, es
responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el
ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública
magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 26 de la
Ley de Reforma Magisterial, el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en
las escalas magisteriales definidas en dicha Ley, mejora la remuneración y
habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad; la cual se
realiza a través de concurso público anual y considerando las vacantes de
ascenso previstas;
Que, el artículo 27 de la Ley de Reforma Magisterial
establece, que el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos
regionales, es la instancia que convoca a concursos para el ascenso, los que se
implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas y especificaciones
técnicas que se emitan;
Que, el numeral 5 del artículo 52 del Reglamento de la
precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, establece que el
Ministerio de Educación aprueba, mediante norma específica, las estrategias,
las técnicas e instrumentos de evaluación de ascenso, los cuales pueden ser
aplicados por entidades especializadas para su posterior consolidación por
parte de los miembros de los Comités de Evaluación;
Que, a través del Oficio Nº 638-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD, la
Directora General (e) de la Dirección General
de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de
Gestión Pedagógica el Informe Nº 320-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado
por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad
que, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Reforma Magisterial, se apruebe
la Norma Técnica que establezca los criterios técnicos y procedimientos para la
organización, implementación y ejecución del Concurso Público para el Ascenso
de Escala de los Profesores de la Educación Básica de la Carrera Pública
Magisterial;
Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución
Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el
Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017,
entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que
aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito
de competencia del despacho ministerial;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del
Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley
de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº
001-2015-MINEDU y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución
Ministerial Nº 002-2017-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Norma
que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de
Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial 2017", la misma que
como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma
Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho
Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación -
SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación
(www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General
[El Peruano: 05/05/2017]
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