miércoles, 19 de noviembre de 2014

entregaron kits de cocinas para comités de vaso de leche en Padre Abad

Aguaytia, - el día de ayer la gerencia de desarrollo económico social de la comuna provincial entrego kits de cocina , el cual contó con la presencia del representante de Aguaytia Energy y el alcalde provincial Luis Maguiña Paredes.

La entrega se realizo a los comités de vaso de leche de la provincia de Padre Abad, entregandose cocinas semi industriales, tachos, ollas, sartenes y un timbo de 40 litros ,la entrega  se realizo ayer en el polideportivo 23 de marzo donde se abarrotaron  las personas para presenciar este importante acto 

Aprueban norma tecnica para la ubicación de profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector



Aprueban Norma Técnica denominada "Normas para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial"

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 2074-2014-MINEDU

Lima, 17 de noviembre de 2014

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y modificado por Decreto Supremo N° 003-2014-MINEDU, establece que los profesores que vienen ejerciendo funciones de directivos en instituciones educativas públicas de gestión directa o en instituciones educativas públicas de gestión privada por convenio, en Educación Básica o Técnico Productiva, en virtud de resoluciones emitidas por las instancias de gestión educativa descentralizadas, en el marco de las normas derogadas por la Décima Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, serán evaluados, excepcionalmente, en las habilidades requeridas para el desempeño en el cargo, a fin de asignarles la plaza de director o subdirector por un periodo de tres años, conforme a la normatividad vigente;

Que, conforme a lo dispuesto en la referida disposición los profesores que: i) no aprueben la mencionada evaluación excepcional, ii) sean retirados del procedimiento de evaluación, iii) no se presenten a la evaluación excepcional, o iv) no cumplan los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación para ejercer funciones de director o subdirector, permanecerán desempeñando dicha función, según corresponda, hasta el término del año 2014; retornando al cargo de docente de aula en la institución educativa de origen o en una similar de la jurisdicción de la UGEL a la que pertenece la referida institución, a partir del inicio del año escolar 2015. De no ser posible la reubicación del profesor en ninguna institución educativa de la referida UGEL, este será ubicado en otra institución educativa similar de la UGEL más cercana en la misma región;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 214-2014-MINEDU, se convoca al procedimiento excepcional de evaluación para los profesores que se desempeñan como director o subdirector en instituciones educativas públicas, en virtud a lo dispuesto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial;

Que, con Resolución Ministerial N° 423-2014-MINEDU
de fecha 08 de setiembre de 2014, se aprueba la relación definitiva de profesores que superaron el procedimiento excepcional de evaluación previsto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial;

Que, asimismo, a través de la mencionada resolución, se declaró vacantes las plazas ocupadas por los profesores que no aprobaron el procedimiento excepcional de evaluación, las de aquellos que fueron retirados del referido procedimiento y las plazas de los profesores que no se presentaron a la citada evaluación excepcional, las cuales como Anexo 2 forman parte integrante de dicha resolución; y, asimismo, se suspendió el procedimiento de evaluación excepcional respecto de los profesores y plazas indicados en el Anexo 3 de la Resolución Ministerial en mención, mientras cuenten con medida cautelar vigente; los mencionados Anexos fueron modificados con las Resoluciones Ministeriales N° 430-2014-MINEDU y N° 471-2014-MINEDU;

Que, a través del Oficio N° 1039-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Viceministerio de Gestión Pedagógica el Informe N° 153-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD, elaborado por la Dirección de Trayectoria y Bienestar Docente, el cual sustenta la necesidad de establecer el procedimiento y criterios técnicos para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la evaluación excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial;

De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; la Resolución Ministerial N° 204-2014-MINEDU, que aprueba las "Normas para la Evaluación Excepcional prevista en Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial"; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación"; y las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.

Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", encargándose a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESILU LEON CHEMPEN
Secretaria General

CRONOGRAMA 



Fuente: educacion

martes, 18 de noviembre de 2014

Incrementan haberes equivalente a 2 horas desde el mes de agosto para docentes de secudaria

Los docentes del nivel secundario de educación básica regular de todo el país que tengan una jornada laboral de 24 horas, se beneficiarán con el incremento de dos horas en su jornada por necesidad de servicio, con ello también se incrementarán sus haberes.

Disposiciones. Para cumplir dicha medida el Ministerio de Educación (Minedu) ha solicitado al Ministerio de Economía de Finanzas (MEF) la transferencia de 51 millones 598 mil 845 nuevos soles para financiar este aumento, solicitud que fue aceptada y oficializada el 01 de agosto del 2014 mediante Decreto Supremo N° 225-2014 EF en el diario oficial El Peruano.

EN JUNÍN. Según el director de Educación, Donato Santivañez, cerca de 6 mil docentes de Junín, son beneficiados con lo dispuesto por el decreto que rige a partir del mes de agosto a diciembre de este año, y los directores serán los que decidan.

Cifras. En la región Junín, de los 23500 docentes que hay, el 45% dicta clases en el nivel secundario. Seis mil profesores tienen una jornada laboral de 24 horas, otros de 30 horas.

EN UCAYALI, específicamente en la Provincia de Padre Abad Este incremento según decreto solo se cumplió desde el mes de agosto con los profesores contratados, sin embargo a los maestros nombrados recién le regularizaron desde octubre, es decir se les adeuda dos meses según el D.S. N° 225 – 2014 EF.


Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2014, a favor de diversos pliegos
DECRETO SUPREMO N° 225-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
aprueba, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos Ministerio de Educación,
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Oficina de Normalización Previsional (ONP) y los
Gobiernos Regionales;
Que, el Decreto de Urgencia N° 002-2014 dicta medidas extraordinarias y urgentes
adicionales sobre materia económica y financiera para estimular la economía nacional;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el
Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la
política general del Estado;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del citado Decreto de Urgencia N° 002-2014 autoriza al
Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a incrementar, hasta por un monto de
CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100.00), la remuneración mensual de los profesores
contratados en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, el cual se
encuentra afecto a las cargas sociales bajo las mismas condiciones establecidas en el último
párrafo de la Única Disposición Final y Transitoria del Decreto Supremo N° 079-2009-EF,
incorporada por Decreto Supremo N° 104-2009-EF;

Que, el Ministerio de Educación, mediante el Oficio Nº 1376-2014-MINEDU/SG, solicita
recursos adicionales para atender el financiamiento del referido incremento de la remuneración
mensual de los profesores contratados en las Instituciones Educativas de Educación Básica y
Técnico Productiva, y cuyo monto asciende hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES
OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 45 809 650.00), señalando en el Informe Nº 246-2014-MINEDU/SPE-UP de su Unidad de
Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, que en el presente año fiscal en el
presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación y en los presupuestos de los
pliegos Gobiernos Regionales no se han previsto los recursos para el financiamiento antes
mencionado;
…..(…)

Que, la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley
de Reforma Magisterial, dispone que a partir del año 2014, la jornada laboral de 24 horas
semanales del profesor de nivel secundario de la modalidad de educación básica regular podrá
incrementarse a razón de no más de dos horas pedagógicas semanales, autorizadas por la
Dirección Regional de Educación o la que haga sus veces, si es que la necesidad del servicio lo
requiere;
Que, el Ministerio de Educación, mediante el Oficio Nº 1375-2014-MINEDU/SG, solicita
recursos adicionales hasta por la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA
Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 51 598 845,00)
para ser destinados a financiar el incremento en dos horas de la jornada laboral de 24 horas
semanales de los profesores del nivel secundario de la modalidad de educación básica regular a
nivel nacional, en lo que corresponde al periodo de agosto a diciembre del presente año, de
conformidad con lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de
la Ley N° 29944; asimismo, a través del Informe Nº 244-2014-MINEDU/SPE-UP, su Unidad de
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, señala que en el
presente año fiscal en los presupuestos institucionales del pliego 010: Ministerio de Educación
y los pliegos Gobiernos Regionales no se han previsto los recursos para atender el
financiamiento para el referido incremento de la jornada laboral de los profesores;
Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como
entidad competente para, entre otros, el desarrollo social, superación de la pobreza, promoción
de la inclusión y equidad social, así como la protección social de poblaciones en situación de
riesgo, vulnerabilidad y abandono, teniendo como finalidad, asimismo, la de mejorar la calidad
de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el
desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector
público, el sector privado y la sociedad civil;
Que, la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea el Fondo de Estímulo al Desempeño
y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con
la finalidad de impulsar el logro de los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de
Desarrollo e Inclusión Social en materia de Desarrollo Infantil Temprano;
Que, …;
DECRETA:
Artículo 1.- Transferencia de Partidas
1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS
DIEZ MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 265 510 895,00), para
los fines descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente
detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 265 510 895,00
---------------------
TOTAL EGRESOS 265 510 895,00
=============
=============
1.2 Los pliegos de los Gobiernos Regionales habilitados en el numeral 1.1 del presente
artículo y los montos de transferencia por pliego y unidad ejecutora, se consignan en el Anexo
“Transferencia de Recursos para financiar el incremento de la remuneración mensual de los
profesores contratados en las instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico
Productiva”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el
Portal del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Educación
(www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el
Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 2-.- Procedimiento para la Aprobación Institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas,
aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1
del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los
cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.2.2 Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los pliegos involucrados,
solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades
de Medida.
2.3 Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los pliegos involucrados
instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para
Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el
artículo 1 de la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del
presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos
para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de agosto del año dos mil
catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO

Ministro de Economía y Finanzas

lunes, 17 de noviembre de 2014

Declararon infundado recurso de impugnacion contra actas electorales de Padre Abad

Foto referencial
Aguaytia.- El Jurado Nacional de Elecciones mediante resolución N° 3451 declaro infundado recurso de impugnación de actas electorales en la provincia de Padre Abad y en los próximos días se estaría entregando la credencial respectiva al alcalde electo Hugo Sosa Garcia culminando así la entrega de credenciales tanto a los alcaldes electos de Irazola, Curimana y Padre Abad.


Jurado Nacional de Elecciones
Resolución  N.° 3451 -2014-JNE
Expediente N.° J-2014-03678
ACTA ELECTORAL N.° 269179-30-P
PADRE ABAD - PADRE ABAD - UCAYALI
JEE CORONEL PORTILLO (Expediente N.° 00487-2014-095)
RECURSO DE APELACIÓN


VISTO en audiencia de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Wálter Francisco Amayo Barbarán, personero legal alterno del movimiento regional Todos Somos Ucayali, acreditado ante Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, en contra de la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO (sic), de fecha 11 de octubre de 2014, emitida por el citado órgano electoral, la cual se pronunció sobre la observación al Acta Electoral N.° 269179-30-P, en el marco del proceso de elecciones municipales de 2014, y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

El Acta Electoral N.° 269179-30-P (fojas 3 y vuelta) fue observada (fojas 2) por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE),  por contener votos impugnados, supuesto previsto en el artículo 9 del Reglamento del Procedimiento Aplicable a las Actas Observadas en Elecciones Regionales y Elecciones Municipales (en adelante, Reglamento).

Mediante la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO (sic), del 11 de octubre de 2014 (fojas 6 a 7), luego de realizar el cotejo y de verificar que ambos ejemplares tienen idéntico contenido, aplicando el criterio previsto en el artículo 9 del Reglamento, el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo (en adelante JEE) al verificar que el acta observada no adjunta los sobres con los votos impugnados, los adiciona a los votos nulos, de forma que se optiene nueva cifra de siete (7) para estos, y considera la cifra cero (0) como el total de votos impugnados en dicha acta.

El 23 de octubre de 2014, Wálter Francisco Amayo Barbarán, personero legal alterno del movimiento regional Todos Somos Ucayali, interpuso recurso de apelación (fojas 9 a 10) en contra de la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO (sic), argumentando que el JEE procedió a sumar los votos impugnados a los votos nulos, cuando el acta debió declararse nula.

CONSIDERANDOS

1.      Mediante Resolución N.° 3000-2014-JNE, del 3 octubre de 2014, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones aprobó el citado Reglamento.

2.      En el presente caso, se advierte que el JEE procedió conforme a lo previsto en el artículo 9 del Reglamento, por cuanto al no acompañarse al acta con los sobres de los votos impugnados, estos fueron adicionados a los votos nulos, por lo que se consideró la cifra cero (0) como el total de votos impugnados y siete (7) el nuevo total de votos nulos, razonamiento correcto que se ciñe a la norma.

3.      Sin perjuicio de lo señalado, del cotejo con el ejemplar correspondiente al Jurado Nacional de elecciones, se aprecia que los datos entre los tres ejemplares son idénticos, considerandos por los que debe desestimarse la apelación y confirmarse la resolución venida en grado.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones,  en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Wálter Francisco Amayo Barbarán, personero legal alterno del movimiento regional Todos Somos Ucayali, y, consecuentemente, CONFIRMAR la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO (sic), de fecha 11 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, la cual se pronunció sobre la observación al Acta Electoral N.° 269179-30-P, en el marco del proceso de elecciones municipales de 2014.
                                                                                            
Artículo segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo remita la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Coronel Portillo para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
   
CHÁVARRY VALLEJOS
   
AYVAR CARRASCO

RODRÍGUEZ VÉLEZ

 Samaniego Monzón
Secretario General                                                                                                      
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Escolares de Áncash, Arequipa y Lima que ganaron Fencyt 2014 representarán al Perú en Feria INTEL ISEF 2015 en Estados Unidos

• Estudiantes ganaron Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología EUREKA 2014, organizado por CONCYTEC y el Ministerio de Educación.
Luego de cuatro días de presentación y sustentación de proyectos de investigación, concluyó la última etapa de Eureka 2014, la XXIV Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología en la que se reconoció los mejores trabajos escolares de todo el país.
En Ciencias Ambientales, logró el primer lugar el proyecto "Aplicación del coriandrum sativum como tratamiento alternativo a la intoxicación por metales pesados" de la alumna Gaby Andrea Narváez Antúnez, perteneciente a la institución educativa Huascarán de Áncash.
El trabajo busca demostrar la efectividad de las propiedades quelantes del culantro para tratar la intoxicación por metales pesados, a través de la obtención de muestras de sangre extraídas de las ratas que fueron afectadas por el consumo de aguas de relave con contenido de metales pesados.
En el área de Tecnología e Ingeniería, resultó ganador el proyecto "El alcohol de plátano", iniciativa a cargo de las alumnas Alexsandra Juneth Cordero Donaire y Leyla Suyín Gamonal Lizarbe, de la institución educativa San Agustín, perteneciente a la región Lima Metropolitana.
El objetivo de la investigación es obtener alcohol etílico a partir de la cáscara del plátano bellaco y palillo mediante un proceso de fermentación alcohólica que es catalizado por levadura.
En Ciencias Básicas, el proyecto "Determinación de la actividad antimicobiana del Heliotropum Arborescens en cultivos de bacterias que causan infección en las vías respiratorias", perteneciente al alumno Jeffrey Nathan Freidenson Bejar, del colegio León Pinelo de Lima Metropolitana, ganó el primer lugar.
En Ciencias Sociales obtuvo el primer lugar un equipo de estudiantes arequipeños integrado por Viviana Victoria Díaz Ramos y Jhonatan Prisco Gárate Obando, con el proyecto: "Calidad del agua potable de los distritos de Alto Selva Alegre, Cayma, José Luis Bustamante Rivero, Miraflores y Yanahuara de la provincia de Arequipa y sus impactos en la salud de la población durante el año 2014".
Con dicha iniciativa, los alumnos pertenecientes al Colegio Internacional Peruano Británico buscan generar conciencia sobre el agua potable que se consume en Arequipa, la cual presenta contaminantes de microbiológicos y químicos que ponen en riesgo la salud de la población.

Los ganadores de Eureka 2014 representarán al Perú en la Feria Intel ISEF 2015, en Los Estados Unidos, la feria escolar más grande en el mundo, así como la feria MOSTRATEC de Brasil, la feria de Guadalajara en México, y otras ferias de países latinoamericanos.
Cabe destacar la participación en Eureka 2014 de 40 escolares de Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, México y Paraguay, ganadores en las ferias escolares de sus respectivos países.
Eureka 2014 ha tenido como objetivo principal contribuir al mejoramiento de la enseñanza de las ciencias y la tecnología en la educación escolar, fomentando entre los estudiantes la práctica de métodos y procedimientos científicos.
Fuente: Fencyt 2014

sábado, 15 de noviembre de 2014

Postergan prueba nacional de Directores y Subdirectores

La evaluación de Directores ha sido postergado, según R. M. Nº 519-2014- MINEDU , esto luego que la fecha anterior coincidía con la segunda vuelta de las elecciones Regionales en la que participaran 7 millones de ciudadanos.

La nueva fecha es para el día domingo 14 de diciembre, en esta prueba participarán 48.889 maestros de todo el país, según la norma se ha variado tambie todo el cronograma, la publicación de los resultados será el sábado 20 de diciembre y los puntajes finales se darán el 17 de enero.

Para  esta evaluación  se han dispuesto más de 20 mil vacantes, las cuales están distribuidas en niveles (inicial, primaria y secundaria) y modalidades (regular, alternativa, especial o técnico-productiva) por cada Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL).

Por otro lado los aumentos para quienes asciendan en esta segunda oportunidad se  hará efectivo recién en junio del 2015.

NUEVO CRONOGRAMA:


ANEXO

CRONOGRAMA DEL CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS 2014


ActividadesInicioFin
(...)
6Aplicación de la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo y de la Prueba de Solución de Casos Cerrados14/12/201414/12/2014
7Publicación de los resultados de la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo y de la Prueba de Solución de Casos Cerrados20/12/201420/12/2014
8Publicación de la relación de profesores que deben rendir la Evaluación de Dominio Oral de la Lengua Originaria; así como el lugar, fecha y hora de dicha evaluación ***22/12/201422/12/2014
9Presentación a la UGEL del Registro de Trayectoria Profesional; así como de la documentación que acredita lo informado en dicho Registro y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 5.5 de la Norma Técnica de este Concurso22/12/201407/01/2015
10Calificación y verificación de la documentación que sustenta el Registro de Trayectoria Profesional y requisitos de los profesores que superaron el puntaje mínimo de la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo23/12/201415/01/2015
11Evaluación de Dominio Oral de la Lengua Originaria05/01/201515/01/2015
12Publicación de resultados finales del concurso17/01/201517/01/2015
13Presentación de reclamos a la UGEL, de los resultados de la calificación del Registro de Trayectoria Profesional y la Evaluación del Dominio Oral de la Lengua Originaria19/01/201523/01/2015
14Resolución de reclamos de los resultados de la calificación del Registro de Trayectoria Profesional y la Evaluación del Dominio Oral de la Lengua Originaria20/01/201506/02/2015
15Publicación de los resultados y cuadros de mérito de fi nitivos09/02/201509/02/2015
16Remisión al MINEDU de la relación definitiva de profesores que superaron la evaluación10/02/201512/02/2015
17Adjudicación de plazas directivas13/02/201514/02/2015
18Publicación de plazas adjudicadas16/02/201516/02/2015
19Remisión al MINEDU de plazas adjudicadas17/02/201519/02/2015
20Emisión de resoluciones de designación13/02/201506/03/2015



viernes, 14 de noviembre de 2014

un Homenaje a : Aurelia Falcon ; en su faceta como cantante folklorica

Aguaytia.- La dirigente del frente de Defensa de la Provincia de Padre Abad asesinada cruelmente por la espalda, en su vida cotidiana no solo era una de las principales activistas por la defensa del agua, la lucha por la masificacion del gas, defensa del medio ambiente, si no también era peluquera, se dedicaba  al campo y ademas era cantante folklórica, incluso una grabación inedita lo podemos encontrar en you tube subido por ella en el mes de Abril del 2014.