sábado, 28 de enero de 2017

MINEDU establece nuevo cronograma de contrato docente 2017

Directores solo podrán proponer a docentes titulados y con buen desempeño

Ampliación de contrato:
El proceso de ampliación del contrato se da siempre se cumplen las condiciones (numeral 7.1)

Acciones
Fechas 2017*
Evaluación del profesor contratado
El Comité evalúa mediante la ficha de evaluación de desempeño docente los criterios establecidos en la norma: EBR, EBA, EBE de acuerdo al anexo 13 y 13-A y ETP mediante anexo 8-A, siempre que el profesor cumpla con los requisitos mínimos para el cargo (anexo 6).
En las modalidades de EBR, EBA y EBE el director/subdirector/coordinador, según corresponda suscribe la evaluación favorable, siempre que cumpla como mínimo cuatro (04) de los seis (06) criterios de evaluación; considerando obligatoriamente los dos (02) criterios referidos a la puntualidad. En el caso de ETP la nota mínima es de 11 puntos
Del 27 al 31 de enero
Elevación de propuesta del contrato del Director de la IE a la UGEL
En el caso que la evaluación sea favorable el director/subdirector/coordinador eleva la propuesta a la UGEL con los siguientes documentos:
·         Resolución de Contrato del año evaluado.
·         Contrato de trabajo – Anexo 01.
·         Declaración Jurada - Anexo 05.
·         Ficha de Evaluación del desempeño (Anexo 8-A o 13-A).
El comité informa a la UGEL sobre los docentes que no obtuvieron la evaluación favorable para su incorporación en el cuadro de méritos.
Hasta el 2 de febrero
Renuncia del profesor a propuesta de contrato
El profesor que cuenta con una evaluación favorable y propuesta para que se le amplíe su contrato, podrá presentar renuncia y será incorporado al cuadro de méritos de su UGEL y participar del proceso de contratación a partir de la Etapa I.
Hasta el 03 de febrero
Publicación de la relación de docentes a quienes se les ampliará el contrato
La UGEL publica la lista de docentes a quienes se les ampliará el contrato por un periodo lectivo adicional.
También se publica la relación de los docentes que siendo propuestos, la plaza se encuentra cubierta por el proceso de reasignación de docente o reubicada por causal de excedencia; en cuyo caso retornan al cuadro de orden méritos de la UGEL para participar en la primera etapa del proceso.
7 de febrero
Reporte de la UGEL a la DRE sobre listado de plazas vacantes (nuevas y de los docentes que tuvieron evaluación desfavorable).
Hasta el 8 de febrero
Publicación de plazas vacantes (DRE)
Hasta el 9 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 17 de febrero


* Por la reciente aprobación de la norma técnica, mediante el Oficio Múltiple N.° 07-2017-MINEDU/VMGP-DITEN se precisan las fechas del cronograma publicado en la presente página web.


Etapas de adjudicación del proceso contratación docente
El proceso de contratación docente 2017 para educación básica se rige por el cuadro de méritos establecido con la Prueba única Nacional en el marco del concurso de nombramiento y contratación convocado por la Resolución Ministerial Nº 271-2015-MINEDU.
En el caso del proceso de contratación de Educación Técnico Productiva - ETP se rige por el cuadro de méritos establecido con la Prueba única Regional aplicada en el año 2014, en el marco del Decreto Supremo N.° 001-2011-ED y Resolución Jefatural N.º 5211-2013-ED, considerando la forma educativa (ETP) y familia a la que postuló.
Para la adjudicación el profesor debe cumplir con los requisitos mínimos requeridos para el cargo establecido en el anexo 6 de la norma técnica.

Etapas
Acciones
Fechas
I
Convocatoria
Desde el 9 de enero
Adjudicación
Alcance: profesores que se encuentran en el cuadro de méritos en la misma modalidad, nivel, ciclo y especialidad de la plaza publicada.
El comité informa a la UGEL sobre los docentes que no obtuvieron la evaluación favorable para su incorporación en el cuadro de méritos.
Adjudicación: en estricto orden de méritos
Hasta el 15 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 22 de febrero
II
Convocatoria
Desde el 16 febrero
Adjudicación
Alcance: profesores de otras UGEL de la misma región que figuran en el cuadro de méritos de la modalidad, nivel, ciclo educativo y especialidad de las plazas vacantes.
Adjudicación: de acuerdo a los puntajes obtenidos por cada uno de ellos en la Prueba.
Hasta el 22 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 28 de febrero
III
Convocatoria
Desde el 23 de febrero
Adjudicación


Primer tramo
Alcance: profesores que no se encuentran en el cuadro de méritos y que reúnan los requisitos establecidos en el anexo 6 de la norma.
Evaluación: El título profesional pedagógico con el cual postula el profesor otorga puntaje. El comité de contratación evalúa el expediente sobre un máximo de cien (100) puntos, de acuerdo a los siguientes criterios:
  1. Formación Profesional (máximo 50 puntos).
  2. Capacitación y actualización (máximo 30 puntos).
  3. Experiencia Laboral (máximo 20 puntos)*.
Adjudicación: al postulante que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación del expediente.


Segundo tramo
Alcance: Se determinan los criterios de acuerdo a su modalidad y especialidad
Adjudicación: AIP y CRT (numeral 6.2.37), CRFA (numeral 6.23.8), EBE (6.2.39), Ingles EBR-secundaria y EBA avanzado (6.2.40), Educación física (6.2.41), Matemática, ETP y ciencia tecnología y ambiente EBR- secundaria (6.2.42), Inicial – EBR (6.2.43), EIB EBR inicial (6.2.45), ver numeral (6.2.37 al 6.2.47). CRFA se sujeta al numeral 6.5.5. y en el caso de ETP* al anexo 8-B.
Hasta el 27 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 03 de marzo
* Para la experiencia laboral, solo son computables los contratos como profesor por una jornada mínima de 24 horas pedagógicas en I.E públicas o privadas.
* La experiencia laboral en ETP se sustenta con la presentación del certificado o constancia de trabajo, contratos de trabajo u orden de servicio.


Contratación excepcional
La adjudicación se realiza en las plazas vacantes generadas por ausencia temporal del titular (licencias y sanción administrativa) o abandono de cargo, por un periodo mayor a cinco (5) días y menor o igual a tres (3) meses.
Se realiza a propuesta del director de la IE con el visto bueno del CONEI (mayoría simple de sus miembros). El profesor propuesto debe estar en el cuadro de méritos y cumplir los requisitos establecidos (anexo 6 de la norma).

El profesor propuesto bajo esta modalidad renuncia automáticamente al cuadro de méritos y no tiene opción de participar en las adjudicaciones posteriores que convoque el Comité de Contratación en el periodo lectivo, salvo convocatorias en la etapa III.

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