Con esto, el Jurado Nacional de Elecciones confirma que los
candidatos de Alianza para el Progreso y Todos por el Perú son definitivamente
excluidos de la contienda.
Mediante Resolución N.° 262-2016-JNE, del 13 de marzo de
2016, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el
recurso extraordinario presentado por el partido político Todos Por el Perú.
La resolución tiene los votos en mayoría de los magistrados
Fernández Alarcón, Ayvar Carrasco y Rodríguez Vélez, y tuvo como fundamento
central que la Resolución N.° 197-2016-JNE, emitida por el Supremo Tribunal
Electoral, no vulneró el debido proceso ni la tutela procesal efectiva.
En sus votos en minoría, los magistrados Távara Córdova y
Cornejo Guerrero consideraron que toda decisión de este Colegiado Electoral,
que resuelve en instancia final en materia electoral, debe ser respetada por
las autoridades y los ciudadanos, especialmente por los candidatos y
organizaciones políticas participantes en la contienda electoral.
De otro lado, por unanimidad, mediante la Resolución N.°
261-2016-JNE, de la misma fecha, se declaró infundado el recurso extraordinario
presentado por la organización política Alianza para el Progreso del Perú.
Lima, 14 de marzo de 2016
Oficina de Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
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