MINEDU dispone mediante
oficio 021 que ex Directores
reincorporados vuelvan a las aulas de acuerdo a nulidad de medida cautelar
Aguaytia.- el Ministerio de Educación mediante el oficio múltiple
N° 021-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN ,
de fecha 24 de febrero del 2017 da a conocer que el Juzgado Mixto Penal Unipersonal de Rodríguez
de Mendoza de la Corte Superior de Justicia, anuló su resolución que ordenaba reponer en su
puesto de director y subdirector a quienes no se presentaron a la evaluación
excepcional convocado por el Ministerio de Educación para ratificarlos en sus
puestos.
El oficio del MINEDU que ha
sido dirigido el día de hoy a todos los Gobiernos Regionales y Direcciones
Regionales de Educación a nivel nacional da cuenta que la procuraduría publica informa
mediante resolución N° 4 de fecha 21 de febrero el Juzgado mixto y unipersonal
de Rodríguez de Mendoza – Amazonas , declara nulo todo lo actuado en el
expediente N° 033-2016, en consecuencia declara improcedente la medida cautelar
de reposición de ex Directores y Sub Directores a nivel nacional, así mismo
indica “déjese sin efecto legal los oficios expedidos”.
Dicha resolución del juez de
Amazonas será publicado por tres días en el diario oficial “el Peruano” y “la
Republica” por tres días consecutivos según se señala para cumplir efectos legales.
Anteriormente ya mediante resolución
07 del Expediente 2016-033 fechada el 31 de enero y titulada “Auto de nulidad
de oficio el mismo juez ya había declaro
también nulo de oficio las resoluciones 5 y 6 de acción de amparo.”El juez
Arias concluyo en su oportunidad que en la tramitación de la acción de amparo
“se ha vulnerado el derecho a un debido proceso”.
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