Resolucion indica resolver problemática cuando termina el
gobierno de Ollanta Humala
Aguaytia.- Luego de que los dirigentes del frente de defensa
de padre Abad se declararan en sesión permanente mostraron su indignación ,puesto
que concluyeron que la resolución ministerial 049 – 2016 , que envío la PCM
para los ucayalinos , se trataría de una burla ya que contempla en los artículos
9 y 10 que los integrantes de la mesa de trabajo deberán presentar luego de seis
meses el informe final, es decir en el mes de setiembre cuando ya el gobierno
de Ollanta Humala , ni el primer ministro Cateriano , sean gobierno.
Al respecto Abel Vasquez presidente del frente de defensa de Ucayali , también mostró su indignación y califico al Vice Gobernador Regional de chapulin por estar haciendo de payaso, por informar lo que no es verdad con esta resolución tratando que con ello se suspenda la huelga, convocandolo al contrario a que se una a la medida de lucha.
Por otro lado en asamblea multitudinaria nuevamente reiteraron
el inicio en Padre Abad de la Huelga Indefinida para el día 11 de marzo desde
las 00 horas, a dicha medida se sumaron los dirigentes agro cocaleros quienes plantearon
en la plataforma provincial que se trate también la no criminalización a la
hoja de coca, el cual fue aceptado de manera unánime.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 049-2016-PCM
Lima, 8 de marzo de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el
Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y
sectoriales del Poder Ejecutivo. Coordina las relaciones con los demás Poderes
del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los
gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, con fecha 29 de febrero de 2016, se llevó a cabo una
reunión de trabajo con la participación de representantes de diferentes
Ministerios que tienen relación con las demandas y preocupaciones de Ucayali,
en donde se propuso la instalación de la Mesa de Trabajo para el Desarrollo del
departamento de Ucayali;
Que, en dicha reunión de trabajo se ha considerado importante
la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el
Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud; el Ministerio de Energía y
Minas; el Ministerio de Agricultura y Riego; el Ministerio del Interior; la
Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Alto Comisionado en Asuntos
de Lucha contra la Tala Ilegal y de la Oficina Nacional de Diálogo y
Sostenibilidad; el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería;
el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; el
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; Electro Ucayali S.A.; el
Gobierno Regional de Ucayali; la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo;
la Municipalidad Provincial de Atalaya; la Municipalidad Provincial de Padre
Abad; la Municipalidad Provincial de Purús; la Cámara de Comercio, Industria y
Turismo de Ucayali; la sociedad civil organizada de la región Ucayali: y, la
organización indígena representativa de Ucayali. En ese contexto, se elaborará
un cronograma de visitas de trabajo al departamento de Ucayali y a sus
provincias, así como un taller de planificación e intervención de los Sectores
Nacionales, Regional y Municipales, con quienes se asumirán compromisos y
acciones;
Que, los temas que interesan ser abordados en la Mesa de
Desarrollo del departamento de Ucayali son, entre otros, la problemática del
servicio eléctrico; la problemática forestal; la exoneración del impuesto
general a las ventas en los pasajes aéreos; la seguridad ciudadana; la
declaratoria de emergencia de los sectores Agrario, Educación y Salud; el
servicio de agua potable y tratamiento de aguas servidas; la titulación de
tierras en la zona rural y problemática de hidrocarburos en la región Ucayali,
seguridad ciudadana, la situación de las provincia de la región, en especial de
Purús;
Que, el Estado desde la Presidencia del Consejo de Ministros,
se ha trazado como objetivo primordial el coordinar los procesos de diálogo
involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades
privadas y públicas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de
Gobierno, a fin de encausar las distintas demandas ciudadanas, encaminar la
solución de controversias, diferencias, conflictos y expectativas de la población,
y preservar la seguridad de las personas, el orden público y la paz social;
Que, en tal sentido es necesaria la conformación de un grupo
de trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el desarrollo del departamento de
Ucayali” con el objeto de realizar las acciones de coordinación en el
departamento de Ucayali;
Que, el grupo de trabajo a constituirse deberá coadyuvar al
desarrollo integral del departamento de Ucayali, respetando el marco jurídico
vigente en el país;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo N°
063-2007-PCM, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformación del Grupo de Trabajo.
Confórmese el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo
para el desarrollo del departamento de Ucayali”. El Grupo de Trabajo dependerá
de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 2.- Objeto del Grupo de Trabajo.
El Grupo de Trabajo tiene por objeto realizar acciones de
coordinación para el desarrollo del departamento de Ucayali; la coordinación
intersectorial para el cumplimiento de dichas acciones; proponer un plan de
trabajo que atienda las prioridades recomendadas por el Grupo de Trabajo; y,
otras que sean determinadas por los integrantes del Grupo de Trabajo.
Artículo 3.- Integrantes.
El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el
desarrollo del departamento de Ucayali” está conformado por los siguientes
integrantes:
a) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien
lo presidirá;
b) Ministerio de Educación;
c) Ministerio de Salud;
d) Ministerio de Energía y Minas;
e) Ministerio de Agricultura y Riego;
f) Ministerio del Interior;
g) Alto Comisionado en Asuntos de Lucha contra la Tala Ilegal
de la Presidencia del Consejo de Ministros;
h) Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la
Presidencia del Consejo de Ministros;
i) Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería;
j) Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de
Fauna Silvestre;
k) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre;
l) Electro Ucayali S.A.;
m) Gobierno Regional de Ucayali;
n) Municipalidad Provincial de Coronel Portillo;
o) Municipalidad Provincial de Atalaya;
p) Municipalidad Provincial de Padre Abad;
q) Municipalidad Provincial de Purús;
r) Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ucayali;
s) Sociedad civil organizada de la región Ucayali: y,
t) Organización indígena representativa de Ucayali.
Artículo 4.- Designación de representantes.
Cada integrante del referido Grupo de Trabajo deberá contar
con un representante titular y un representante alterno, los mismos que serán
designados mediante documento emitido por cada entidad dentro del plazo de
cinco (5) días calendario, contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente resolución.
Artículo 5.- Secretaría Técnica.
El Grupo de Trabajo contará con una Secretaría Técnica, que
recaerá en un representante de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad
de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien estará a cargo de coordinar
las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Grupo de
Trabajo. La Secretaría Técnica mantendrá las coordinaciones operativas para el
funcionamiento del Grupo de Trabajo.
Artículo 6.- De la información, colaboración, asesoramiento y
apoyo de profesionales.
El Grupo de Trabajo, podrá solicitar la colaboración,
asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de los representantes de
diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional así como del
Gobierno Regional de Ucayali y de los gobiernos locales que se encuentren en el
ámbito de intervención, para lo cual podrá convocar a los especialistas e
instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines, sin que
ello genere gastos al Tesoro Público.
Artículo 7.- Financiamiento.
Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el
cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los representantes
designados por los diferentes niveles de Gobierno ante el Grupo de Trabajo, es
ad honórem.
Artículo 8.- Instalación del Grupo de Trabajo.
El Grupo de Trabajo se instalará dentro del plazo de quince
(15) días hábiles siguientes, contados desde el día siguiente de la publicación
de la Resolución Ministerial.
Artículo 9.- Período de vigencia.
El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo será de seis (6)
meses, contados a partir del día siguiente de su instalación.
Artículo 10.- Informe Final.
Vencido el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, éste
dispondrá de treinta (30) días calendario, adicionales, para informar al
despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros con lo cual concluirá el
encargo encomendado a través de la Resolución Ministerial.
Artículo 11.- Publicación.
Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario
Oficial El Peruano y, en el Portal de la Presidencia del Consejo de Ministros
(www.pcm.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
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