jueves, 18 de febrero de 2016

Expresidente del TC: resolución contra candidatura de Guzmán no se ajusta a la Constitución

César Landa considera que en caso de contradicción debería primar el 'principio de flexibilidad'.
  
El expresidente del Tribunal Constitucional (TC), César Landa, consideró que la resolución emitida por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en contra de la candidatura de Julio Guzmán no se ajusta a lo que establece la Constitución, ya que deja de lado principios fundamentales, como garantizar los derechos políticos de todos los ciudadanos y sus partidos políticos.

En entrevista al programa No Hay Derecho de Ideeleradio, Landa señaló que deben primar ciertos derechos constitucionales en este tipo de casos, algo que debió tenerse en cuenta en el caso de Todos Por El Perú.

"La resolución en mayoría del JNE no se ajusta a la Constitución, en la medida en que deja de lado principios fundamentales como que el proceso electoral debe expresar la voluntad autentica libre y espontánea de la ciudadanía que se ha manifestado en esta organización y en su inscripción como partido político, en su plancha electoral".

Para el exmagistrado la decisión del JNE no iría acorde a la Carta Magna puesto que "se estaría afectando en la parte de organización que se basa en un principio de autonomía, dado que los partidos son asociaciones de derechos privados, que están regulados por Ley de Partidos, y es distinta a una asociación que tiene una regulación estricta que un registro como el Registro de Organizaciones Políticas (ROP)".

Respecto a este último, consideró que tampoco en su resolución se ha ido acorde a los principios constitucionales sino que, por el contrario, fueron estrictamente 'formalistas'. Finalmente señaló que en este tipo de casos los requisitos deberían ser interpretados defendiendo los derechos fundamentales, y si existiera una contradicción se debería apelar al 'principio de flexibilidad'.

"Creo que el JNE es parte de un sistema de protección de derechos ciudadanos, y por eso es un órgano máximo de justicia electoral, siempre que defiendan los derechos fundamentales, y en ese sentido, los requisitos de forma deben ir acompañados de una interpretación, y en caso de contradicción, existe el principio de flexibilidad, con lo cual no quiere decir que hay que dejar de lado plazos”, puntualizó".

Fuente: Nacional

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