Padre Abad.- Mientras que el día de ayer en sesión extraordinaria de regidores
se suspendiera la decisión sobre la vacancia del alcalde distrital de Irazola
Yonel Mendoza ; el JNE con Resolución N.° 0233-2015-JNE, indica suspender provisionalmente
a Yónel Mendoza Claudio en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de
Irazola, por estar inmerso en causal del artículo 25, numeral 5, de la Ley N.°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Así mismo designan en
su reemplazo a Javier Castillo Malpartida, identificado con DNI N.° 00188129,
para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad
Distrital de Irazola, convocando a Tatiana Falcón Arce, identificada con DNI
N.° 44706072, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora.
Según los considerando de la resolución Yonel Mendoza queda
suspendido hasta que Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de
la República informe al JNE si existe cuestionamiento pendiente de resolver respecto
de su situación jurídica.
TEMA DE CONTROVERSIA
En uno de los considerando a la letra dice la resolución N.°
0233-2015-JNE lo siguiente: “Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones,
con el voto en minoría del magistrado Baldomero Elías Ayvar Carrasco, en uso de
sus atribuciones, RESUELVE, POR MAYORÍA.
Artículo primero.-SUSPENDER a Yónel Mendoza Claudio en el cargo de alcalde de la
Municipalidad Distrital de Irazola, provincia de Padre Abad, departamento de
Ucayali, porque se encuentra incurso en la causal prevista en el artículo 25,
numeral 5, de la Ley N.° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, y,
en consecuencia, DEJAR
SIN EFECTO,
provisionalmente, la credencial
que le fue
otorgada con motivo
de las Elecciones Municipales del
año 2014.
Artículo segundo.-
CONVOCAR a Javier
Castillo Malpartida, identificado con DNI N.° 00188129, para que asuma,
provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Irazola,
provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, para lo cual se le otorgará
la respectiva credencial que lo acredite como tal.
Por otro lado también dicha resolución exhorta a que mediante
sesión de concejo se defina su vacancia que a la letra dice:
Artículo cuarto.- EXHORTAR
al alcalde y
a los regidores
del Concejo Distrital de Irazola, provincia de Padre
Abad, departamento de Ucayali, a que cumplan con asistir a la sesión
extraordinaria de concejo convocada para el 8 de setiembre de 2015, en la que
se resolverá el pedido de vacancia que presentó Santos Chapoñán Llonto contra
el alcalde Yónel Mendoza Claudio, por la causal establecida en el artículo 22,
numeral 6, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo a que
emitan su voto sobre la base de la jurisprudencia que este Supremo Tribunal
Electoral, en ejercicio de la competencia y el deber constitucional de impartir
justicia en materia electoral que el Poder Constituyente le ha
otorgado, ha emitido
sobre la causal de vacancia que se alega.
NOTA: dicha exhortación no se pudo ejecutar el día de ayer por la suspensión de sesión de concejo.
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