Curimana.- Segun resolución 196- A- 2015 del JNE, de fecha 20 de julio se ha restablecido la credencial a Delsy Vera Rojas que le encarga la alcaldía del distrito de Curimana, dejando sin efecto la credencial otorgada provisionalmente al procesado Loiber Rocha Pinedo, así mismo se convoca a Yazmin Garcia Ortega para que asuma el cargo de regidora en reemplazo de la Alcaldesa de Curimana.
Resolución 196 -A - 2015-JNE
Expediente N.° J-2015-0050
CURIMANÁ
- PADRE ABAD - UCAYALI
Lima, veinte de julio de dos mil quince
VISTO el Oficio N.° 583-2015-P-CSJUC/PJ, recibido el 6
de julio de 2015, remitido por la presidencia de la Corte Superior de Justicia
de Ucayali, a través de la cual se remite copia certificada de la Resolución
N.° 11, del 23 de junio de 2015, a través de la cual la Sala Penal de
Apelaciones en Adición Liquidadora revoca la Resolución N.° 2. Además,
reformándola, declara infundada la solicitud de cesación presentada por Loiber
Rocha Pinedo.
CONSIDERANDOS
1. Mediante
Resolución N.° 6, del 17 de diciembre de 2014, el Juzgado de Investigación
Preparatoria de Campo Verde dictó prisión preventiva contra Loiber Rocha Pinedo
por el plazo de seis meses, en el proceso penal que se le sigue por la presunta
comisión del delito de colusión desleal agravada, en agravio de la
Municipalidad Distrital de Curimaná.
2. Por
este motivo, a través de la Resolución N.° 61-2015-JNE, del 25 de febrero de
2015, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la credencial
que reconoce a Loiber Rocha Pinedo como alcalde de Curimaná. No se dispuso la
suspensión de la referida autoridad debido a que aún no había cumplido con
juramentar en el cargo.
3.
Sin embargo, mediante
el Oficio N.° 451-2015-SA-P-CSJUC/PJ, recibido el 15 de mayo del presente año, el presidente de la Corte
Superior de Justicia de Ucayali, remite copia certificada de la Resolución N.°
2, del 28 de abril de 2015, emitida por el Juzgado de Investigación
Preparatoria de Campo Verde, por medio
de la cual se declaró fundada la solicitud de cesación de prisión preventiva
formulada por Loiber Rocha Pinedo, y se dictó que cumpla la medida de
comparecencia con restricciones.
4.
Debido a ello, a
través de la Resolución N.° 151-2015-JNE, se dejó sin efecto las credenciales
otorgadas a Delsy Vera Rojas y a Yazmín García Ortega, que las reconocen en el cargo de alcaldesa y
regidora provisionales, respectivamente, y se reestableció la credencial de
Loiber Rocha Pinedo como alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná.
5.
No obstante, mediante
Oficio N.° 583-2015-P-CSJUC/PJ, recibido el 6 de julio de 2015, la presidencia
de la Corte Superior de Justicia de Ucayali remite copia certificada de la Resolución
N.° 11, del 23 de junio de 2015, a través de la cual la Sala Penal de Apelaciones
en Adición Liquidadora revoca la Resolución N.° 2, y, reformándola, declara
infundada la solicitud de cesación de prisión preventiva presentada por Loiber
Rocha Pinedo y dispone su captura e internamiento en un establecimiento
penitenciario.
6. En
atención a lo expuesto, y considerando que Loiber Rocha Pinedo se encuentra,
nuevamente, con un mandato de detención, corresponde, tal como se dispuso en la
Resolución N.° 061-2015-JNE, dejar sin efecto, provisionalmente, la credencial
que lo reconoce en el cargo de alcalde distrital de Curimaná, hasta que el
órgano jurisdiccional competente resuelva su situación jurídica.
7. En
consecuencia, se debe convocar a la primera regidora hábil que sigue en su
lista electoral, Delsy Vera Rojas, identificada con DNI N.° 00113159, para que
asuma, provisionalmente, como alcaldesa de la citada comuna, mientras se
resuelva la situación jurídica de la autoridad edil en cuestión.
8. Asimismo,
conforme al artículo 35 de la ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales,
para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se debe
incorporar al candidato inmediato que no fue proclamado, de acuerdo con el
orden de resultados del escrutinio final y que figure en la misma lista que
integró el regidor que produjo la vacante.
9. Por
consiguiente, para completar el número de regidores, corresponde convocar a
la candidata no proclamada, Yazmín
García Ortega, con DNI N.° 70810554, para que asuma, de forma provisional, el
cargo de regidora del Concejo Distrital de Curimaná.
Por
lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus
atribuciones,
RESUELVE
Artículo primero.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la
credencial otorgada a Loiber Rocha Pinedo en el cargo de alcalde de la
Municipalidad Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de
Ucayali.
Artículo segundo.-
CONVOCAR a Delsy Vera Rojas,
identificada con DNI N.° 00113159, para que asuma, provisionalmente, el cargo
de alcaldesa de la Municipalidad
Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, para lo cual se le debe otorgar
la respectiva credencial que la
faculte como tal.
Artículo tercero.-
CONVOCAR a Yazmín García Ortega, con
DNI N.° 70810554, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Curimaná,
provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, para lo cual se le debe otorgar
la respectiva credencial que la faculte
como tal.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
FERNÁNDEZ ALARCÓN
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
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