viernes, 24 de julio de 2015

JNE mediante resolución encarga Alcaldia de Curimana a Deysi Vera

Curimana.- Segun resolución 196- A- 2015  del JNE, de fecha 20 de julio se ha restablecido la credencial a Delsy Vera Rojas que le encarga la alcaldía del distrito de Curimana, dejando sin efecto la credencial otorgada provisionalmente al procesado Loiber Rocha Pinedo, así mismo se convoca a Yazmin Garcia Ortega para que asuma el cargo de regidora en reemplazo de la Alcaldesa de Curimana.

Resolución 196 -A - 2015-JNE 

Expediente N.° J-2015-0050
CURIMANÁ - PADRE ABAD - UCAYALI

Lima, veinte de julio de dos mil quince

VISTO el Oficio N.° 583-2015-P-CSJUC/PJ, recibido el 6 de julio de 2015, remitido por la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, a través de la cual se remite copia certificada de la Resolución N.° 11, del 23 de junio de 2015, a través de la cual la Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora revoca la Resolución N.° 2. Además, reformándola, declara infundada la solicitud de cesación presentada por Loiber Rocha Pinedo.

CONSIDERANDOS

1.    Mediante Resolución N.° 6, del 17 de diciembre de 2014, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Campo Verde dictó prisión preventiva contra Loiber Rocha Pinedo por el plazo de seis meses, en el proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de colusión desleal agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de Curimaná.

2.    Por este motivo, a través de la Resolución N.° 61-2015-JNE, del 25 de febrero de 2015, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la credencial que reconoce a Loiber Rocha Pinedo como alcalde de Curimaná. No se dispuso la suspensión de la referida autoridad debido a que aún no había cumplido con juramentar en el cargo.

3.    Sin embargo, mediante el Oficio N.° 451-2015-SA-P-CSJUC/PJ, recibido el 15 de mayo del presente año, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, remite copia certificada de la Resolución N.° 2, del 28 de abril de 2015, emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Campo Verde, por medio de la cual se declaró fundada la solicitud de cesación de prisión preventiva formulada por Loiber Rocha Pinedo, y se dictó que cumpla la medida de comparecencia con restricciones.

4.    Debido a ello, a través de la Resolución N.° 151-2015-JNE, se dejó sin efecto las credenciales otorgadas a Delsy Vera Rojas y a Yazmín García Ortega, que las reconocen en el cargo de alcaldesa y regidora provisionales, respectivamente, y se reestableció la credencial de Loiber Rocha Pinedo como alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná.

5.    No obstante, mediante Oficio N.° 583-2015-P-CSJUC/PJ, recibido el 6 de julio de 2015, la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali remite copia certificada de la Resolución N.° 11, del 23 de junio de 2015, a través de la cual la Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora revoca la Resolución N.° 2, y, reformándola, declara infundada la solicitud de cesación de prisión preventiva presentada por Loiber Rocha Pinedo y dispone su captura e internamiento en un establecimiento penitenciario.

6.      En atención a lo expuesto, y considerando que Loiber Rocha Pinedo se encuentra, nuevamente, con un mandato de detención, corresponde, tal como se dispuso en la Resolución N.° 061-2015-JNE, dejar sin efecto, provisionalmente, la credencial que lo reconoce en el cargo de alcalde distrital de Curimaná, hasta que el órgano jurisdiccional competente resuelva su situación jurídica.

7.    En consecuencia, se debe convocar a la primera regidora hábil que sigue en su lista electoral, Delsy Vera Rojas, identificada con DNI N.° 00113159, para que asuma, provisionalmente, como alcaldesa de la citada comuna, mientras se resuelva la situación jurídica de la autoridad edil en cuestión.

8.      Asimismo, conforme al artículo 35 de la ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se debe incorporar al candidato inmediato que no fue proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final y que figure en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante.

9.      Por consiguiente, para completar el número de regidores, corresponde convocar a la  candidata no proclamada, Yazmín García Ortega, con DNI N.° 70810554, para que asuma, de forma provisional, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Curimaná.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE


Artículo primero.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Loiber Rocha Pinedo en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali.

Artículo segundo.- CONVOCAR a Delsy Vera Rojas, identificada con DNI N.° 00113159, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal.
Artículo tercero.- CONVOCAR a Yazmín García Ortega, con DNI N.° 70810554, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. 

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
 FERNÁNDEZ ALARCÓN
 AYVAR CARRASCO
 RODRÍGUEZ VÉLEZ
 Samaniego Monzón
Secretario General               

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