foto:referencial |
Aguaytia 31 de marzo del 2015.- El día de hoy la fiscalía de prevención del delito
así como la Unidad de Gestión Educativa Local de Padre Abad, realizaron una
visita inopinada a los diversos centros de estudios de la localidad de
Aguaytia.
El motivo según indicaron los fiscales y autoridades
educacionales ;fue la denuncia pública que hiciera a la vez muchos padres de
familia que la huelga de los agricultores cocaleros estaría afectando el normal
desenvolvimiento de labores educativas en los colegios.
Sin embargo de acuerdo
a datos de la fiscalía y la UGEL de Padre Abad; se pudo comprobar que las
clases educativas se han llevado a cabo con normalidad en un 99 por ciento de
Instituciones Educativas de la provincia de Padre Abad, salvo indicaron en un
acta que solo una Institución educativa habría suspendido unilateralmente sus
labores educativas.
Ante ello indico la
autoridad educativa que existe una ley Nº 28988 que declara al sector educación
como servicio público esencial, citando los Art. 3 y 4 del reglamento de la ley
Nº 28988 :
Artículo 3º.- Para los
fines del presente Reglamento se entiende como paralización de labores del
personal directivo, jerárquico, docente, auxiliar de educación, administrativo
y de servicio, de las Instituciones Educativas Públicas que imparten educación
en los niveles de Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Secundaria,
de la Educación Básica Regular, a toda forma de suspensión del servicio
educativo en dichas instituciones educativas por decisión unilateral del
mencionado personal, cualquiera sea el motivo invocado, la denominación que se
le dé y la forma de llevarlo a cabo.
Artículo 4º.-
Constituyen formas irregulares de suspensión del servicio educativo en dichas
instituciones educativas, los paros o cualquier otro tipo de interrupción del
referido servicio, por decisión unilateral del mencionado personal, cualquiera
sea la denominación que se le dé, que no constituya el ejercicio del derecho de
Huelga declarada cumpliendo los requisitos establecidos en este Reglamento.
Dichas formas serán declaradas ilegales.
En tanto para muchos entendidos en esta norma dicha reglamentación
vulnera las huelgas y paros que contempla la Constitución Política del Perú.
Huelga : en tanto la huelga que emprendieron los agricultores cocaleros no tuvo el respaldo de la población en su conjunto, el comercio, el transporte , las labores educativas y las entidades publicas atienden con normalidad.